| Descripción |
De conformidad con los artículos 7, fracción V, X, 104 y 106 de la Ley General de Salud, le corresponde la Secretaría de Salud, le corresponde determinar la periodicidad y características de la información que deberán proporcionar las dependencias y entidades del sector salud, con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables. |
| Resumen |
1. INTRODUCCIÓN
De conformidad con los artículos 7, fracción V, X, 104 y 106 de la Ley General de Salud, le corresponde la Secretaría de Salud, le corresponde determinar la periodicidad y características de la información que deberán proporcionar las dependencias y entidades del sector salud, con sujeción a las disposiciones jurídicas aplicables.
Esa información se refiriere fundamentalmente a: estadísticas de natalidad, mortalidad, morbilidad y discapacidad; factores demográficos, económicos, sociales y ambientales vinculados a la salud, así como a recursos físicos, humanos y financieros disponibles para la protección de la salud de la población, y su utilización.
En concordancia con lo anterior, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA3-2012, en Materia de Información en Salud publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, tiene por objeto establecer los criterios y procedimientos que se deben seguir para producir, captar, integrar, procesar, sistematizar, evaluar y divulgar la información en salud, por lo que en los numerales 5.1 5.2 y 5.8 de la NOM-035-SSA3-2012 los integrantes del Sistema Nacional de Salud (SNS) deben generar, integrar y entregar la Información en Salud de acuerdo a lo establecido en la presente norma y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, con base en los formatos y/o procedimientos establecidos por la Dirección General de Información en Salud (DGIS) y por los Servicios Estatales de Salud (SESA), los cuales deben alinearse al uso de los catálogos de las clasificaciones nacionales e internacionales.
Asimismo, en alineación a la normatividad antes citada, el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud a la DGIS le corresponde entre otras diseñar, coordinar y normar los procesos de diseño, captación, integración, procesamiento y difusión de la información en salud, así como establecer el diseño y contenido de los certificados para generar estadísticas vitales, así como distribuir, controlar y supervisar el uso y manejo de los mismos, en colaboración con los SESA. |